HAZ QUE TU VIDA LLEGUE MUCHO MÁS ALLÁ Y SIGUE CONSTRUYENDO UN FUTURO MEJOR DESPUÉS DE MARCHARTE.
Un testamento solidario no tiene por qué perjudicar a tus herederos. Consiste en incluir a una ONG dejándole una parte de tu patrimonio (coherencia), o un bien concreto (legado) sea del valor que sea. Ten en cuenta además que si no tienes herederos legítimos y no haces testamento tus bienes pasarían a disposición del Estado.
No es necesario tener una gran fortuna para incluir a la Fundación en tu testamento. Cualquier donación marcará la diferencia en El Salvador.
¿ES ACONSEJABLE HACER TESTAMENTO?
Sí. Es un proceso simple y no muy costoso y les ahorrarás mucho tiempo y dinero a tus seres queridos. Además así te aseguras que todo se hará como tu quieres. Ponte en contacto con un notario que te asesore, por unos 50 euros tendrás hecho tu testamento. Además recuerda que puedes cambiarlo cuantas veces lo consideres necesario. Un testamento no solo te permite proteger a tus seres queridos, sino que te ofrece la oportunidad de incluir a una o varias ONG para seguir construyendo un mundo mejor en el futuro.
Para poder realizarlo, existen dos requisitos básicos:
-Ser mayor de 14 años.
-Estar en plena posesión de la facultades en el momento de la realización del testamento. El documento será válido si es realizado por una persona que era capaz en la fecha de su otorgamiento aunque después pierda sus facultades mentales.
¿EN CUANTAS PARTES SE DIVIDE UNA HERENCIA?
Generalmente en 3 aunque hay Comunidades que tienen sus propias especificidades.
Según el Código Civil español una herencia se divide en:
1- El tercio de legítima: Se reparte entre los hijos a partes iguales. Si alguno de ellos ha fallecido, heredan sus descendientes.
2- El tercio de mejora: El testador tiene cierta disponibilidad sobre esta parte a la hora de adjudicarla. Se debe repartir también entre hijos y descendientes pero no necesariamente a partes iguales. Se puede beneficiar a unos hijos frente a otros.
3-El tercio de libre disposición: El testador puede dejárselo a quien quiera, sea familiar o no, y pudiendo ser un tercero o una persona jurídica. Sobre esta parte puede decidir con absoluta libertad. Si existe una o varias causas/ONGs en el mundo con las que siempre te hayas sentido identificado, puedes elegir incluirlas en tu testamento. Esta parte de la herencia no se vería mermada por impuestos ya que al ser la ONG una persona jurídica no está sujeta al impuesto de sucesiones y, de igual modo, los ingresos derivados de las herencias están exentos del impuesto de sociedades por tratarse de organizaciones no lucrativas declaradas de utilidad pública.
¿PUEDO DEJAR UN LEGADO A UNA ONG?
Por supuesto.-Puedes donar un bien concreto a través de un legado: un coche, una moto, una joya, un cuadro, un fondo de inversión o ponernos de beneficiarios en un seguro. La única limitación legal es respetar la cuota de la legítima de los herederos forzosos, nunca sobrepasarla.
¿QUIÉN SE ENCARGARÁ DE DEJAR EL LEGADO A LA ONG O LA PARTE DE LA HERENCIA?
Los herederos están obligados por ley a la notificación y a la entrega de los legados. También los notarios tienen obligación de comunicar las disposiciones de este tipo a los órganos administrativos competentes que ejerzan el protectorado sobre las fundaciones. Te aconsejamos de todos modos que nos avises, si puedes, de tu donación para que así podamos estar pendientes de que tus deseos se cumplen.
ADEMÁS RECUERDA QUE…
Las entidades sin ánimo de lucro no están sujetas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones y por tanto los legados solidarios están libres de tasas impositivas para los beneficiarios. Todo el valor de lo que desees donar, estará destinado a íntegramente a nuestros niños y a nuestro trabajo.
La huella de este gesto solidario es también un ejemplo para tus seres más queridos con los que compartir una manera de hacer llegar tu generosidad a la infancia que vive las situaciones más difíciles.
Desde la Fundación podemos asesorarte en lo que necesites o ponerte en contacto con algún notario que te aclare todas tus dudas.
La Fundación Padre Arrupe lleva más de 25 años educando en El Salvador y cambiando vidas gracias a la excelente educación que les damos a nuestros alumnos. Somos una ONG sin intermediarios y que controlamos el proyecto directamente así es que podemos garantizar que el 100% de la donación irá destinada a la educación de nuestros alumnos y al mantenimiento del proyecto.
AYÚDANOS A GENERAR EL CAMBIO Y HACERLO POSIBLE DE MANERA DEFINITIVA.
Ponte en contacto con nosotros y lo haremos realidad.
España: Info@fundacionpadrearrupe.org +34 91 7000 224 | El Salvador: infoelsalvador@fundacionpadrearrupe.org 00 503 2516 6899 |
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Apadrina a uno de nuestros niños y le darás una oportunidad real que le ayudará a tener un futuro mejor para él y los que le rodean.
Establecerás una relación con uno de nuestros alumnos y su familia, podrás ponerte en contacto con él y ver sus progresos académicos de forma puntual.
La Fundación Padre Arrupe lleva más de 25 años educando en El Salvador y cambiando vidas gracias a la educación que les damos a nuestros alumnos. Somos una ONG sin intermediarios y que controlamos el proyecto en país totalmente así es que el 100% de tu apadrinamiento será para becar a tu apadrinado o apadrinada. Ayúdanos a generar el cambio y hacerlo posible de manera definitiva.
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PERSONAS FÍSICAS:
Las donaciones de hasta 150 euros se desgravan el 75% en la declaración de tu IRPF y de un 30% a partir de esa cantidad.
Donaciones plurianulaes a la misma entidad durante al menos 3 años por cantidades superiores a 150 euros desgravarán al 35%.
PERSONAS JURÍDICAS:
En el caso de las personas jurídicas las donaciones desgravan al 35% en general
Donaciones plurianulaes a la misma entidad durante al menos 3 años por cantidades superiores a 150 euros desgravarán al 40%.
En ambos casos el limite de la deducción es el 10% de la base imponible.
España: Info@fundacionpadrearrupe.org +34 91 7000 224 | El Salvador: infoelsalvador@fundacionpadrearrupe.org 00 503 2516 6899 |